“Directriz de Buenas Prácticas en el Sector de Montajes Industriales. Medidas de Prevención de Contagios del SARS-CoV-2”: nueva Guía publicada por ADEMI

La Asociación de Empresas de Ingeniería, Montajes, Mantenimientos y Servicios Industriales (ADEMI), siguiendo su trayectoria de servicio a sus empresas asociadas, ha elaborado un documento de Buenas Prácticas Preventivas, donde se recoge las principales medidas para la prevención de contagios causados por el virus Covid-19.

Las empresas del sector de Ingeniería, Montajes, Mantenimientos y Servicios Industriales, lleva realizando desde el estado de alarma decretado por la situación generada por el COVID-19, numerosas actividades consideradas servicios esenciales para la población -mantenimiento eléctrico de los hospitales, centros médicos y centros de venta de alimentos; mantenimiento de los Centros de Procesos de Datos en edificios administrativos; mantenimiento y reparación de averías de la red eléctrica y de gas; instalaciones de telecomunicaciones; y, en general, todos los servicios que afectan a las actividades esenciales que continuaban activas. A raíz del real decreto ley 10/2020, el resto de trabajadores del sector se ha ido incorporando progresivamente a sus actividades.

Debido a la reactivación de las actividades y, para que ello, no conlleve un incremento en el número de personas contagiadas por el virus SARS-CoV-2, ADEMI ha elaborado un documento, denominado “Directriz de Buenas Prácticas en el Sector de Montajes Industriales. Medidas de prevención de contagios del SARS-CoV-2 “, donde recoge una serie de recomendaciones y medidas preventivas de higiene y distanciamiento interpersonal.

La Directriz se estructura en dos módulos bien diferenciados:

  • En el primero, se recoge una serie de recomendaciones orientadas al trabajador, desde el comienzo de su jornada laboral hasta su finalización, conteniendo medidas preventivas sobre: los desplazamientos a sus diferentes centros de trabajo, las modalidades de transporte -tanto en sus desplazamientos a sus centros de trabajo como en los realizados dentro de su jornada laboral-; su actuación en los diferentes centros de trabajo -incluyendo las obras-; y, por último, contempla también las precauciones al regresar a sus respectivos domicilios.
  • En el segundo módulo, se recogen las medidas organizativas para las empresas asociadas. En este punto es necesario conocer cuál es la tipificación del riesgo de exposición al virus SARS.CoV-2 para los trabajadores de las empresas de Montajes Industriales. A este respecto, el criterio operativo 102/2020 de la Inspección de Trabajo y seguridad Social, nos aclara la tipificación del mismo, pues para empresas de la tipología de los montajes Industriales, lo califica como RIESGO NO LABORAL. Por lo tanto, es necesario aplicar las directrices que, para el control de la propagación de la enfermedad, publica el Ministerio de Sanidad, dirigidas a las actuaciones de los Servicios de Prevención de las empresas, puesto que es un riesgo que no genera ninguna de las actividades de las empresas del sector.

Son, por tanto, los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales de las empresas del sector los encargados de asesorar, tanto a sus Direcciones como a los trabajadores, sobre las indicaciones emitidas por el Ministerios de Sanidad y de Trabajo y Economía Social. Además, deben informar y formar sobre las medidas preventivas para evitar la propagación de la enfermedad.

De las obligaciones empresariales con respecto a esta situación, las normas de referencia principales son:

  • Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-COV-2. Ministerio de Sanidad.
  • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Hay que hacer mención que el Ministerio de Sanidad actualiza el primer documento a medida que la situación sanitaria así lo aconseja, por lo que debemos estar pendientes de ellas. El criterio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece que las empresas deben coordinar las condiciones de los diferentes lugares de trabajo que tienen cada empresa, y que se encuentran establecidas en el R.D. 486/1997, con las recomendaciones de obligado cumplimiento, que, a este respecto, establece el Ministerio de Sanidad.

De las 16 recomendaciones de organización que contempla de Directriz destacamos:

  • El Servicio de Medicina Preventiva de las empresas deberá evaluar la existencia de trabajadores especialmente sensibles, en la plantilla, a la infección por SARS Cov-2 y emitir informe sobre las medidas de protección necesarias, siguiendo las indicaciones de la Autoridad Sanitaria.
  • Se informará y formará a los trabajadores sobre los riesgos derivados de su exposición al SARS Cov-2, con especial atención a las vías de transmisión, y las medidas de prevención y protección adoptadas.
  • La realización de un Plan de Contingencias Empresarial para hacer frente a esta situación.
  • El establecimiento de un Protocolo de actuación en el caso de que un trabajador presente síntomas de la enfermedad, durante su jornada laboral en el centro de trabajo.

Dentro también de las recomendaciones empresariales se recoge las actuaciones relativas a la gestión de residuos, incidiendo en el tratamiento de los derivados por la situación actual y evitando que una mala gestión de los mismos, provoque posibles contagios.

Finalmente contiene unas recomendaciones sobre la forma correcta de lavado de las manos, así como la utilización correcta tanto de mascarillas como de guantes de protección.

Por Mariano Maldonado y Pedro Peces, consultores de ADEMI

 

 

Si quieres descargarte la guía pincha en el siguiente enlace:

AF Directriz buenas prácticas COVID19